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Argentina
22 de mayo de 2020
EN COMUNAS PERONISTAS

Por orden judicial: Larreta deberá elaborar un protocolo de acción y prevención para villas

La Justicia porteña falló a favor de la comuna 4 y 8 y le ordenó al jefe de gobierno porteño que elabore un protocolo de acción y prevención para los barrios más vulnerables de la Ciudad, Tiene un lapso de cinco días para cumplir. Revista Qué anticipó la falta de comunicación con las comunas del sur.

Por orden judicial: Larreta deberá elaborar un protocolo de acción y prevención para villas
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La justicia porteña falló a favor de las comunas del sur de la Ciudad, la 4 y 8, ambas presididas por jefes comunales peronistas, que presentaron un amparo judicial para que el gobierno porteño brinde información sobre los protocolos que utilizan para enfrentar el coronavirus en los barrios más postergados. Revista Qué anticipó la falta de comunicación con las comunas del sur.
El gobierno de la Ciudad deberá elaborar e informar protocolos específicos para atender el #coronavirus en los barrios vulnerables. Así resolvió el Juez a partir de un amparo presentado por la comuna 4 y 8. Esto es de vital importancia para evitar mayores daños en el sur de la ciudad", dijo Ignacio Álvarez jefe comunal de la 4.

"Además, ordenó la creación de una Mesa de trabajo conjunta, la provisión de elementos sanitarios, de higiene, limpieza y agua potable en los barrios, la notificación de los centros de aislamiento, y la elaboración de nuevos abordajes para la violencia de género". 

La decisión de solicitar la información judicialmente se concreta luego de reiterados pedidos de informes que se realizaron al Ejecutivo porteño e informalmente, en reuniones, con la Ministra de Desarrollo Social María Migliore y con funcionarios porteños del Ministerio de Salud.

El gobierno de Horacio Rodríguez Larreta tuvo intervención en la causa y le preguntaron cuáles eran los protocolos que se aplicaban en los asentamientos y barrios vulnerables de la ciudad, principalmente en los de las comunas 4 y 8, las que iniciaron el amparo. El gobierno contestó las medidas que se tomaron. Pero la respuesta no convenció.

“Pues de la contestación efectuada por el GCBA, si bien presentó una serie de documentos acerca del COVID-19 (protocolos, dispositivos y planes), lo cierto es que del cotejo de los mismos, no surge la existencia de un protocolo específico de acción y prevención en materia de COVID-19 para las villas, asentamientos y barrios vulnerables como es el caso de las comunas 4 y 8 que aquí nos atañen”, explicó el juez Reynoso y dijo que la falta de ese mecanismo “importa un grave riesgo en la propagación del virus” con la "posibilidad de que pueda tornarse incontrolable”.

Así, el magistrado ordenó al gobierno porteño que elabore “un Protocolo Específico de Análisis, Acción y Prevención en materia de COVID-19 para aplicar, difundir y publicitar en villas, asentamientos y barrios vulnerables localizados en las Comunas 4 y 8 de esta Ciudad” que deberá entregar en un plazo de cinco días. Y el juez dispuso que hasta que eso ocurra el Poder Ejecutivo deberá garantizar en los asentamientos “la provisión inmediata, suficiente y sostenida de elementos sanitarios (barbijos y guantes de latex), de higiene y limpieza (lavandina, jabón, alcohol en gel), así como también, elementos de medición de temperatura para la población”

También “el suministro de agua potable a los habitantes de esos barrios tanto para su consumo como para una efectiva higienización”. Además, el juez dispuso que el gobierno informe y acredite los espacios apropiados para el aislamiento en los hospitales para los casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19; que informe y acredite la higienización y desinfección de los espacios comunes “garantizando la limpieza en comedores, ferias barriales y comercios dotándolos de elementos de higiene”. El juez Reynoso también dispuso que el gobierno difunda información sobre el cuidado de la higiene y los espacios de atención para violencia de género

Las medidas llegan cuando las villas de la ciudad -en el sur es donde hay mayor cantidad- comenzar a tener una gran cantidad de contagios y muertes por coronavirus y por la falta de agua -un elemento clave para la higiene- en varios asentamientos. Hasta el lunes se llevaban registrados 1410 en las villas de la ciudad y 12 muertes. 

 En su resolución, el juez sostuvo que “en el contexto de la pandemia que atravesamos, la inexistencia de un protocolo específico de acción y prevención en materia de COVID-19 para aplicar en villas, asentamientos y barrios vulnerables como los que se encuentran localizados en las comunas 4 y 8, importa un grave riesgo en la propagación del virus ante un potencial brote dentro de sectores vulnerables -como los que aquí se encuentran involucrados-, con la posibilidad de que pueda tornarse incontrolable”.

Reynoso agregó, en esa línea, que en esos barrios “la densidad poblacional es notoria –con situaciones de hacinamiento- para lo cual se requiere de una respuesta rápida y efectiva por parte del gobierno local, contemplando las problemáticas particulares que en esos barrios se suscitan”.

Además de las medidas urgentes y de la elaboración del protocolo el juez también creó una mesa de trabajo de la que participaran los integrantes de las Juntas Comunales 4 y 8 y representantes de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Espacio Público y Medio Ambiente de la ciudad. También convocó para el próximo miércoles a una audiencia virtual con los integrantes de esa mesa de trabajo

“En dicho encuentro, se evaluará la situación de los barrios vulnerables considerando las medidas de urgencia que en este acto se ordenan”, explicó el magistrado. El fallo puede ser apelado por el gobierno porteño para que sea revisado y revocada por la Cámara en lo contencioso.

 

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