A través de la Decisión Administrativa 1863/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se dispone que la actividad relativa a la construcción deberá "realizarse conforme a los protocolos establecidos".
Entre las medidas dispuestas en el protocolo, se indica -por ejemplo- la necesidad de "minimizar el uso del celular, y en caso de utilizarlo proceder luego a su desinfección".
También se puntualiza que el horario para esos trabajos deberá cumplirse entre las 10 y 17.
Asimismo, recuerda que las personas consideradas "en grupos de riego según la autoridad nacional" como "mayores de 60, personas inmunodeprimidas, población con Certificado Único de Discapacidad y con insuficiencia renal crónica", entre otras patologías, no están alcanzadas por la autorización.
Además "se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19", indica el texto.
Por otra parte, "los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros", agrega la decisión.
En tanto, por medio de la Decisión Administrativa 1864/2020 -también publicada hoy en el Boletín Oficial- se autoriza el trabajo al personal de casas particulares.
En ese marco, se establece el protocolo esa actividad, que incluye -entre otras medidas- que "si el trabajador tiene que salir en su horario laboral (a hacer compras, pasear mascotas) deberá tomar los mismos recaudos de mantener la higiene para el ingreso al domicilio" que los establecidos desde el inicio de la pandemia como uso de tapabocas, distancia interpersonal, entre otros.
"En caso de recibir compras a domicilio deberá desinfectar los paquetes
rociándolos abundantemente y en toda su superficie con una solución de
alcohol /agua 70/30%", agrega el texto.
Uno de los anexos establece que se debe "evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, como escobas y aspiradoras" y "se deberá limpiar y desinfectar en primer lugar superficies elevadas y
superficies de alto contacto (picaportes, teclas de luz, timbre, perillas de horno, entre otras) y finalmente el suelo".
Otro ítem indica que "en caso de manipular ropa sucia no se deberá sacudir, debiendo colocarla directamente en el lavarropas", y además, "la ropa que el personal utilice para trabajar será distinta de la utilizada para trasladarse a y desde el lugar de trabajo".
Ambas resoluciones llevan la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.
Fuente: Télam