Revista Qué
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En otra resolución de esta mañana, la magistrada dispuso "difundir" la promoción de la demanda para que, por tratarse de proceso "colectivo", los interesados puedan presentase dentro del plazo de tres días para hacer valer sus derechos.
La medida cautelar para continuar con la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva había sido pedida en el marco de una acción de amparo colectiva por la Unión de Trabajadores de la Educación de la Capital Federal (UTE), la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad (AODC), la Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y particulares.
Los demandantes recordaron que si bien por la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, el Ministerio de Educación de la Nación suspendió el dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario (medida a la que adhirió el GCBA), el servicio de comedor escolar siguió brindándose bajo la modalidad de "viandas" a retirar de los establecimientos educativos.
Pero advirtieron que "pese a que continúa la crisis económica y sanitaria", el GCBA "ha decidido interrumpir la prestación alimentaria por haber finalizado el ciclo", lo que "pone en peligro el derecho a la salud y a la alimentación" de los alumnos y estudiantes beneficiarios de la Canasta Escolar Nutritiva.
El GCBA argumentó, en cambio, que no incumplió con ninguna obligación ya que "no existe norma legal vigente ni acto administrativo que establezca lo pretendido en la medida cautelar" y afirmó que quienes se presentaron para reclamar no tienen "legitimación activa" para hacerlo.
"No se advierte -concluyó Tesone- que la medida peticionada sea la más adecuada a los fines de asegurar y concretizar los intereses generales de la sociedad, ni la que resulte más certera a fin de tutelar los derechos de quienes efectivamente requieran la asistencia alimentaria".
Agregó que "la tutela pretendida conllevaría en los hechos a disponer la contratación casi inmediata de bienes y servicios o la imputación de partidas para la entrega de dinero, sin que se encuentre acreditado en grado mínimo quiénes o cuáles grupos se encontrarían en la necesidad denunciada".
La magistrada evaluó que "más allá de la cita de algunos artículos periodísticos, no se ha arrimado ni requerido un mínimo relevamiento o informe que permita –ni conjeturalmente- tener por configurado la cuantía de las personas en situación de vulnerabilidad que requerirían continuar recibiendo asistencia alimentaria durante las vacaciones escolares".
Fuente: Télam