24 de agosto de 2023
BOLETIN OFICIAL
Letras del Tesoro: a cuánto asciende el monto de la nueva licitación que lanzó la Provincia
El ministerio de Hacienda y Finanzas bonaerense estableció los términos y condiciones de la nueva licitación correspondiente al octavo tramo del Programa.
La Subsecretaría de Finanzas, dependiente del Ministerio de Hacienda bonaerense, lanzó el llamado a licitación para el octavo tramo del Programa de Emisión de Letras del Tesoro, correspondientes al ejercicio del año 2023.
En el Boletín Oficial de esta mañana, la Subsecretaría que conduce Agustín Álvarez publicó la resolución 206-SSFIMHYFGP-2023, para lanzar la licitación de Letras del Tesoro, y estableció los términos y condiciones del mismo.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas publicó la resolución 206-SSFIMHYFGP-2023, donde establece que el monto que fijó la Tesorería General de la Provincia, acordó un valor nominal de siete mil quinientos millones de pesos $7.500.000.000.
En ese sentido, el artículo 33 de la Ley N° 15.394, establece que el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia para emitir Letras del Tesoro quedó fijado en cuarenta y cinco mil millones de pesos ($45.000.000.000).
Las Letras del Tesoro son títulos a corto plazo emitidos, en este caso, por la Tesorería de la Provincia, para el financiamiento del gasto público.
En ese sentido, autorizaron a la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público a lanzar el llamado a licitación pública correspondiente y establecer el horario límite de admisión de ofertas.
Cabe recordar, que la Resolución Nº 103/23 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio Economía de la Nación, autorizó el endeudamiento por hasta la suma de $89.662.000.000 para la emisión de Letras del Tesoro en el marco del Programa de Letras del Tesoro para el ejercicio 2023.
En este sentido, se estableció como fecha de licitación y de emisión el próximo 25 de agosto, siendo la fecha de vencimiento a determinarse al momento de la licitación. Por otra parte, la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, cuando las circunstancias así lo ameriten, podrá extender el plazo para la recepción de ofertas como así también modificar la fecha de licitación y/o emisión y/o liquidación de las Letras del Tesoro y aquellos otros términos financieros que resultaren modificados en virtud de dicha prerrogativa.
También se autoriza a la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público a ampliar los importes a ser colocados al momento de la adjudicación de Letras del Tesoro, a declarar total o parcialmente desierta la licitación pública en caso de no convalidar todas o algunas de las ofertas recibidas y a dictar todas las normas, realizar las gestiones, actos y tomar toda otra medida que sea necesaria, acorde con las practicas usuales de los mercados, a los efectos de lo dispuesto en la presente Resolución