14 de junio de 2024
LUZ VERDE
La Legislatura porteña aprobó la Ley de Reiterancia y Jorge Macri lo celebró
La norma incorpora la reiteración delictiva como una nueva circunstancia objetiva para evaluar el peligro de fuga al declarar la prisión preventiva. Los reincidentes aguardarán la sentencia en prisión. Además, establece que ante condenas a extranjeros se deberá informar a Migraciones
La Legislatura porteña aprobó la Ley de Reiterancia, que dispone, entre otras cosas, que los delincuentes que reincidan esperarán las decisiones judiciales en prisión preventiva.
El proyecto enviado por el Ejecutivo se aprobó con 36 votos afirmativos y 21 negativos, en tanto que lanzaron fuertes críticas los bloques de Unión por la Patria (UxP) y el Frente de Izquierda (FIT).
“La Legislatura porteña aprobó la Ley de Reiterancia, un proyecto que enviamos desde el Poder Ejecutivo para que los delincuentes que reincidan esperen la condena por el nuevo delito presos. Quiero agradecerle a los legisladores por su apoyo a esta ley, que fue además un compromiso que tomamos en la campaña. Seguimos haciendo una Ciudad cada vez más segura y ordenada”, celebró el alcalde Jorge Macri en sus redes sociales.
El mandatario capitalino sostuvo: “En la Ciudad, cerca de la mitad de los delitos los cometen delincuentes reincidentes. Este número es contundente y refleja el fracaso del sistema que, en vez de ponerlos tras las rejas, los deja libres. Pero eso se terminó”.
El propio Macri había enviado a fines de marzo un proyecto a la Legislatura para modificar integralmente el Código Procesal Penal de la Ciudad, con el objetivo de endurecer las penas para quienes reincidan en cometer delitos y que quienes tengan causas judiciales abiertas permanezcan detenidos durante el proceso.
En la Legislatura triunfó el proyecto oficialista, que, en cuanto a la modificación del Artículo 182 del Código Procesal Penal de CABA, incorpora la reiteración delictiva como una nueva circunstancia objetiva para evaluar el peligro de fuga al declarar la prisión preventiva.
Además, a partir de ahora los tribunales deben comunicar las sentencias condenatorias a personas extranjeras a la Dirección Nacional de Migraciones.
En tal sentido, se establece la obligación de comunicar respecto de extranjeros cumpliendo pena privativa de libertad según lo previsto en la Ley Nacional N° 25.871.
Finalmente, se incluyen como circunstancias específicas para evaluar el peligro de fuga el arraigo en el país, la magnitud de la pena esperada, el comportamiento del imputado durante el proceso y la reiteración delictiva.