La Ciudad cobrará un 3% la contratación online de películas
De esta manera lo dio a conocer el Boletín Oficial. La medida será aplicable a series, películas y juegos cuya compra o alquiler se realice por Internet.
La Administración Gubernamental de Ingre...
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De esta manera lo dio a conocer el Boletín Oficial. La medida será aplicable a series, películas y juegos cuya compra o alquiler se realice por Internet.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires comenzará a aplicar un régimen de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de la contratación de servicios de suscripción online para acceder a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual.
De esta manera, lo dio a conocer hoy el Boletín Oficial. La medida comenzará a regir a partir del 1 de noviembre de este año, y se realizará “a través de las entidades emisoras de tarjetas de crédito, débito y compra para que actúen como agentes de retención del impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuando intervienen en la contratación de servicios de suscripción online con acceso a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual, como así también por la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos
digitales relacionados con música, juegos, videos, o similares”.
El monto de retención a aplicarse será del 3% sobre el precio neto de la operación y se practicará en el momento de la rendición de los fondos para su transferencia al exterior. Asimismo “el monto retenido deberá ser declarado bajo la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) genérica del país de origen de la empresa prestadora
del servicio, según corresponda, consignando la razón social del sujeto retenido”, según especifica la resolución 593/AGIP/14.