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Jueves, 26 diciembre 2024
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14 de diciembre de 2024
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VTV y licencias de conducir: cuáles son los cambios que se vienen

El Gobierno busca reglamentar antes de fin de año dos reformas del código de tránsito que están contempladas en la Ley Bases, pero que todavía no se han implementado.

VTV y licencias de conducir: cuáles son los cambios que se vienen
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Desde el Ministerio de Desregulación y transformación del Estado confirmaron las dos modificaciones que se piensan reglamentar en la VTV y las licencias de conducir.

Una de las medidas se refiere más a nivel personal, ya que se trata de la revocación del vencimiento de la licencia de conducir. La otra, referida a los vehículos, es la autorización legal para que el trámite de Verificación Técnica Vehicular pueda hacerse en concesionarias oficiales o talleres autorizados por la Ley Nacional de Tránsito.

 “Yo creo que vamos a llegar antes de fin de año con la revisión total del código de tránsito (Ley Nacional de Tránsito 24.449) para que algunas de estas cosas como la renovación de la licencia de conducir y la VTV”, dijo Sturzenegger en una entrevista televisiva.

“La licencia de conducir tiene una duración y lo que nosotros vamos a hacer es decir que no es necesaria la presencialidad para su renovación. Por supuesto que es esencial que vos tengas que verificar tus aptitudes psicofísicas para conducir, y eso se podrá hacer sin tener que ir al Registro”, dijo el funcionario.

“Por supuesto que las provincias tienen que adherir a este cambio. Pasa lo mismo con la licencia como con la VTV. Se pretende que la Verificación técnica se pueda hacer en un concesionario, por eso lo vamos a incluir en la Ley de Tránsito”, aclaró.

“Pero las provincias tienen que adherir a la medida para que se pueda aplicar en cada jurisdicción. Entonces vamos a ver si en la provincia de Buenos Aires adhieren a la medida”, señaló.

Quiénes no deben realizar la VTV    

Sigue siendo obligatoria en el país aunque existen actualmente algunas excepciones que liberan a ciertos autos de este trámite, como ser:

-Vehículos destinados a servicios municipales: los autos y camionetas usadas exclusivamente para servicios públicos municipales no tienen que pagar la VTV, aunque deben someterse a la revisión técnica.

-Unidades del cuerpo de bomberos: los vehículos pertenecientes a los bomberos están exentos de abonar el costo de la VTV, pero deben pasar la inspección técnica obligatoria.

-Autos de personas con discapacidad: los propietarios con Certificado Único de Discapacidad (CUD) están exentos del pago de la VTV, aunque la revisión técnica sigue siendo obligatoria.

-Jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años: los titulares que sean jubilados, pensionados y perciban hasta dos haberes mínimos jubilatorios, así como aquellos mayores de 65 años que cumplan con el requisito de ingresos, también están exentos del pago del trámite.
 

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