Argentina
Viernes, 29 marzo 2024
PRESENTO EL PROTOCOLO
1 de junio de 2020

Rodríguez Larreta zafó que tres de sus ministros sean denunciados penalmente

El jefe de gobierno porteño cumplió con una cautelar que lo obliga a crear un protocolo de actuación en las villas, asentamientos y barrios vulnerados de toda la Ciudad. Si no lo hacía se iban a aplicar multas de 30 mil pesos y una denuncia penal por desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario contra Fernán Quirós, Clara Muzzio y María Migliore.

Rodríguez Larreta zafó que tres de sus ministros sean denunciados penalmente - Revista Que

Como contó Revista Qué, la Justicia porteña falló a favor de la comuna 4 y 8 y le ordenó al Ejecutivo que comanda Rodríguez Larreta a que elabore un protocolo de acción y prevención en el marco del coronavirus para los barrios más vulnerables de la Ciudad.

Fueron los presidentes comunales peronistas de la 4 y 8 quienes presentaron una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad, solicitando se informe de forma urgente sobre los protocolos correspondientes para afrontar la pandemia del COVID-19. La decisión de ir a la Justicia se concretó luego de reiterados pedidos de informes que se realizaron al Ejecutivo porteño y de reuniones que no se concretaron la ministra de Desarrollo Social María Migliore y con funcionarios porteños del Ministerio de Salud.

Tal como anticipó este medio, Larreta no cumplió en primera instancia con la orden judicial, la Justicia amplió la cautelar que obliga al gobierno de la Ciudad a garantizar elementos de higiene e informar sobre protocolos, a todos los barrios populares, asentamientos y villas del territorio porteño, en el marco del amparo presentado por los jefes comunales de la 4 (Ignacio Álvarez) y de la 8 Miguel Eviner, ambas comunas dirigidas por representantes del Frente de Todos.

Vencido todos los plazos, el gobierno porteño presentó un protocolo sanitario, es que si no lo hacía se iban a aplicar multas de 30 mil pesos y una denuncia penal por desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario contra los responsables.

Los ministros de Salud, Fernán Quirós; de Desarrollo y Hábitat, María Migliore; y de Espacio Público e Higiene Urbana, María Clara Muzzio, fueron los que presentaron el “Protocolo de actuación frente a la propagación del covid 19 en barrios populares-CABA” ante el juez en lo contencioso administrativo y tributario Darío Reynoso.

El protocolo, al que accedió Infobae, tiene 11 páginas y entre otros puntos diseña las condiciones de aislamiento, la seguridad alimentaria, los dispositivos de distancia social y el trabajo para los casos de violencia de género y con adultos mayores, entre otros temas. Ahora quedará bajo revisión de la justicia.

El plazo para presentarlo venció el 29 de mayo, pero la ley procesal establece que para las presentaciones hay un plazo de gracia hasta el día hábil siguiente del vencimiento, en las dos primeras horas del horario judicial. Eso daría margen hasta el lunes a las 9:30.

Sin embargo, el juez Darío Reynoso explicó en una resolución que ese plazo “ya no se justifica” porque está pensado para los expedientes en papel y que ahora, por el estado de aislamiento sanitario, se hace todo de manera digital y se pueden presentar escritos en cualquier horario.

El magistrado sostuvo que, “para conciliar” la “grave situación sanitaria que padecen las villas” y “la presunta expectativa de la demandada de contar con dos horas más de gracia para cumplir con la medida”, le dio al gobierno plazo hasta hoy a las 11 horas para presentar el protocolo.

Y advirtió: "Todo ello, bajo apercibimiento de imponer una multa de pesos treinta mil ($30.000) diarios por cada día de retardo, en cabeza de cada uno de los titulares del Ministerio de Salud, el Sr. Fernán González Bernaldo de Quirós; del Ministerio de Desarrollo y Hábitat, la Sra. María Migliore; y del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, la Sra. Ministra María Clara Muzzio y ordenar la extracción de testimonio para dar intervención a la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas ante la posible configuración de los delitos de desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público en los términos de los arts. 239 y 248 del Código Penal de la Nación”.

El juez sostuvo que “las circunstancias que se plantean en este proceso revisten importancia, gravedad y urgencia, en tanto se trata de la protección de los derechos y garantías de las personas que conforman un colectivo vulnerable en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19”.

Finalmente, el protocolo llegó a la justicia.

 

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