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22 de abril de 2021

El Gobierno Nacional intimó a las escuelas privadas a acatar el fallo de la Justicia Federal

Los Ministerios de Educación y de Justicia y Derechos Humanos le exigieron a los privados que garanticen la educación virtual hasta el 30 de abril y que suspendan hasta esa fecha la presencialidad de las clases.

El Gobierno Nacional intimó a las escuelas privadas a acatar el fallo de la Justicia Federal - Revista Que

La puja entre el Gobierno Nacional y el de la Ciudad por la presencialidad de las clases sumó un nuevo capítulo, es que los Ministerios de Educación y de Justicia y Derechos Humanos de Nación intimaron a las escuelas privadas porteñas a acatar el fallo de la Justicia Federal que ordenaba la suspensión de las clases presenciales hasta fin de mes. 

En ese sentido, el Ejecutivo Nacional ratificó la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/221 e instó a las instituciones a cumplir con esa norma "de acuerdo con lo dispuesto por la Justicia Federal" y exigió a las instituciones privadas que garanticen “ la continuidad de la educación no presencial o en contexto virtual hasta el 30 de abril de 2021, quedando suspendidas hasta esa fecha las clases presenciales".

Asimismo en la misiva que difundieron ambos Ministerios se establece que “la vocación del Poder Ejecutivo Nacional es acompañar la tarea educativa en este difícil momento en el cual el crecimiento de la curva de contagios por Covid 19 se ha acentuado en forma preocupante, garantizando el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes y resguardando la salud de la comunidad educativa". 

Además, la Nación argumentó que la resolución judicial dictada ayer por el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo 2 "dispone dejar sin efecto la resolución cautelar dictada el 18 de abril de 2021" por un "tribunal incompetente de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", que permitía la presencialidad en el distrito.

"El accionar de las autoridades del Gobierno de CABA es pasible de responsabilidad penal, ya que podría encuadrarse en los delitos de desobediencia y violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia (artículos 239 y 205 del Código Penal, respectivamente); además de las posibles sanciones por el incumplimiento de la medida judicial, lo que expresa la irresponsabilidad política y jurídica a la que han arrastrado a toda la ciudadanía", sentencia el texto. 
 

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