Argentina
Martes, 19 marzo 2024
CAMBIO DE PARADIGMA
25 de noviembre de 2021

La Ciudad fomentó el uso del CV anónimo y las búsquedas laborales no excluyentes

Los diputados porteños aprobaron una norma que le prohíbe a los empleadores públicos y privados realizar ofertas laborales que establezcan criterios de discriminación por género, edad, lugar de residencia, entre otras cuestiones. Además tampoco podrán pedir que los cv contengan foto, video y nombre del postulante.

La Ciudad fomentó el uso del CV anónimo y las búsquedas laborales no excluyentes - Revista Que

Buscando favorecer la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la Legislatura sancionó con 46 votos positivos y tres abstenciones –les FIT y AyL- una normativa que obliga a los empleadores públicos y privados a realizar búsquedas laborales que no sean discriminativas y a fomentar la utilización del CV anónimo. 

La ley tiene por objeto promover la igualdad de oportunidades en la identificación del talento, reclutamiento y el acceso laboral en condiciones de equidad y no discriminación. Es de carácter obligatorio para empleadores públicos y privados. Las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como edad, raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, estado civil, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia, responsabilidades familiares o antecedentes penales de quienes hayan cumplido la totalidad de su condena y cualquier otro dato que no fuera imprescindible para el trabajo que se ofrece. 

A su vez, en las ofertas de empleo tampoco se podrá requerir de manera obligatoria y excluyente la remisión de videos, fotografías, imágenes, audios, nombre y apellido completo o cualquier otro dato que permita su identificación en redes sociales. La autoridad de aplicación permitirá excepciones si el puesto a cubrir lo amerita. 

El Poder Ejecutivo promoverá y difundirá la búsqueda laboral equitativa. Se deberá colocar en toda la mensajería destinada a la oferta laboral, un mensaje informativo, escrito con letra clara y legible: "El empleador sólo podrá solicitarle la información estrictamente necesaria para el desempeño en el trabajo que se ofrece". 

Todo aquel que tome conocimiento del incumplimiento de la Ley, podrá informarlo conforme los mecanismos que determine la Autoridad de Aplicación. La sanción por incumplimiento por parte de los sujetos comprendidos, consistirá en la realización obligatoria de capacitaciones en temáticas de género, inclusión plena y no discriminación conforme determine la Autoridad de Aplicación. 

En relación al cv, los empleadores no podrán exigir que el mismo contenga fotos, videos y/o nombre del postulante; sin embargo, este último podrá optar por incorporarlo de todos modos. 
 

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