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Lunes, 10 agosto 2026
Argentina
13 de julio de 2026
ALIVIO

Quiénes podrán refinanciar sus deudas con la nueva ley porteña de desendeudamiento

El programa alcanza a familias con ingresos menores a 10 salarios mínimos y compromisos de deuda que superen el 30% de sus ingresos. Las entidades financieras tienen hasta el 31 de julio para adherirse.

Quiénes podrán refinanciar sus deudas con la nueva ley porteña de desendeudamiento
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Las familias porteñas podrán refinanciar sus préstamos en mora mediante nuevas alternativas que dan más plazo y la tasa de interés fija más baja del mercado. Las facilidades para desendeudarse serán otorgadas por el Banco Ciudad y los bancos que decidan adherirse.

El Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal ofrece mejores condiciones a los vecinos de la Ciudad que se encuentran en situación de vulnerabilidad financiera.

El alivio llega tras la sanción de Ley N° 6.959 aprobada por la Legislatura porteña que establece condiciones para una mayor accesibilidad para refinanciar deudas en mora originadas en préstamos personales y por consumo con tarjetas de crédito registradas hasta el 1° de junio pasado. La norma ya fue reglamentada por el Gobierno porteño.

La ayuda tendrá un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una tasa fija que no podrá superar el 35% de Tasa Nominal Anual (TNA). Habrá un período de 60 días para que los interesados puedan acceder a este beneficio, que comenzará a regir el próximo 3 de agosto.

“Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día. Las nuevas alternativas de refinanciación estarán disponibles a través del Banco Ciudad y de las entidades financieras que decidan adherirse”, sostuvo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri. Y agregó: “Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable.”.

Podrán acceder al programa quienes demuestren: 

▪️Deudas originadas con tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
▪️Mora en situación 2 o 3 del Banco Central (entre 60 y 180 días de atraso).
▪️Ingresos familiares inferiores a 10 salarios mínimos.
▪️Que los compromisos mensuales de deudas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
▪️Domicilio real en la Ciudad con una antigüedad mínima de 2 años.

Quedarán excluidos quienes sean propietarios de más de un inmueble, tengan vehículos con una antigüedad menor a 5 años –excepto aquellos destinados a actividades laborales debidamente acreditadas–, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios sujetos a registro, tenedores de activos financieros que excedan el total de la deuda reclamada y aquellos que hayan comprado divisas durante el período en el que se generaron deudas.

La ley también establece que el Banco Ciudad deberá instrumentar una línea específica de refinanciación, por intermedio de Ciudad Microempresas S.A.U., para los emprendedores y trabajadores no registrados que mantengan obligaciones con esa entidad y tengan atrasos de entre 60 y 180 días.

La adhesión al programa contempla un beneficio fiscal que otorga la Ciudad, la reducción del 50% del impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones.

Aquellas entidades financieras que quieran adherirse al programa tendrán tiempo hasta el viernes 31 de julio y podrán, además, ofrecer mejores condiciones que las previstas en la ley.

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